El equipo de peritos de nuestro despacho considera que aportar un informe pericial realizado por un economista experto como medio de pruebas a las demandas contra la banca por IRPH es un valor añadido por varias razones:
- Primero porque ayuda a explicar la verdadera naturaleza del IRPH, un referencial muy diferente al Euríbor, no sólo como vemos en la gráfica que de forma histórica siempre ha estado por encima del euríbor y, por tanto, es más caro, sino también porque la banca aplicaba diferenciales normalmente positivos o cero, cuando las recomendaciones del Banco de España en su momento fueron que fuera un diferencial negativo.
- Porque es un tipo de diferencial es previsible y manipulable por la banca puesto que se compone de una media simple de los tipos ponderados que ofrece cada banco. Co ello, un banco pequeño puede alterar y saber el efecto de esta alteración en el IRPH de cada mes por lo que no cumple ni siquiera con los estándares de Europa.
- Y también, porque la cuantificación del perjuicio económico no lo podemos dejar en manos del condenado, que sería la banca, que nos tienen, por desgracia, acostumbrados a equivocarse siempre a su favor.
Necesitamos que se cuantifique adecuadamente lo que hemos pagado demás en concepto de cuotas y también lo que tendríamos que deber de menos en concepto de deuda pendiente, de capital pendiente, sin olvidar los intereses legales.
Hemos hecho cálculos y para una hipoteca de 180.000 euros solicitada en el 2006 a 30 años a un IRPH de Entidades más 0,25% si se condena a la banca a transformar ese IRPH en Euribor con el mismo diferencial estamos hablando de un perjuicio a día de hoy de más de 43.000 euros.
Por tanto, es un perjuicio muy importante que consideramos que tiene que ser calculado y defendido por un economista, por un perito economista, y no dejar que sea la banca cuando sea condenada la que liquide un el perjuicio a su conveniencia.